El aval es la persona que garantiza en todo o en parte el pago de la letra de cambio.
Fuente: Art. 109 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito de México.
El aval es la persona que garantiza en todo o en parte el pago de la letra de cambio.
Fuente: Art. 109 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito de México.