INJURIA

INJURIA significa: “En sentido lato, todo dicho o hecho contrario a la razón o a la justicia. Agravio, ofensa o ultraje de palabra o de obra, con la intención de deshonrar, afrentar, envilecer, desacreditar, hacer odiosa, despreciable o sospechosa a otra persona, ponerla en ridículo o mofarse de ella…”

 

FUENTE: (Guillermo Carbanellas de Torres, Diccionario Jurídico Elemental. Buenos Aires, Argentina, 1988. Editorial Heliasta, S.R.L., página 1721)

 

JURISPRUDENCIA.

Suprema Corte de Justicia de la Nación
Registro digital: 199629
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Novena Época
Materias(s): Civil
Tesis: VII.2o.C.30 C
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo V, Enero de 1997, página 459
Tipo: Aislada

DIVORCIO, INJURIAS GRAVES COMO CAUSAL DE. EXPEDICION DE NUEVAS ACTAS DE NACIMIENTO DE LOS HIJOS (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

Si la injuria significa: “En sentido lato, todo dicho o hecho contrario a la razón o a la justicia. Agravio, ofensa o ultraje de palabra o de obra, con la intención de deshonrar, afrentar, envilecer, desacreditar, hacer odiosa, despreciable o sospechosa a otra persona, ponerla en ridículo o mofarse de ella…” (Guillermo Carbanellas de Torres, Diccionario Jurídico Elemental. Buenos Aires, Argentina, 1988. Editorial Heliasta, S.R.L., página 1721), debe colegirse, entonces, que no sólo puede darse de palabra sino también de obra. De ahí que si la cónyuge acude al Registro Civil correspondiente, con persona diferente del actor, como padre, y realiza un nuevo asiento de registro civil de los hijos habidos en el matrimonio que se pretende disolver, ello es suficiente para tener por acreditada la causal de injuria grave a que se refiere el artículo 141, fracción X, del Código Civil para el Estado de Veracruz.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEPTIMO CIRCUITO.

Amparo directo 1002/95. Emilio Juan Guerrero Huesca. 21 de junio de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Arturo Baizábal Maldonado. Secretario: Jorge Sebastián Martínez García.

 

Otros conceptos:

 

DELITO.

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