*JUSTICIA. Supremo ideal que consiste en la voluntad firme y constante de dar a cada uno lo suyo, según el pensamiento y casi las palabras de Justiniano: “Constans et perpetua voluntas jus suum cuique tribuendi”. Conjunto de todas las virtudes. Recto proceder
conforme a derecho y razón. El mismo derecho y la propia razón, en su generalidad.
Equidad. El Poder judicial. Tribunal, magistrado o juez que administra justicia; es decir, que resuelve litigios entre partes o falla acerca de la culpa o inocencia de un acusado.
Pena, castigo o fallo acerca de la culpa o inocencia de un acusado. Pena, castigo o sanción.
En lenguaje poco técnico, pena de muerte; y de ahí el verbo ajusticiar, que sí constituye tecnicismo. ant. Alguacil.
ATRIBUTIVA. La que concede por voluntad, gratitud, humanidad
o complacencia, más que por deber, razón o necesidad. (v. Justicia distributiva y expletiva.)
CIVIL. Hábito de atemperar la conducta a la ley. Jurisdicción civil u ordinaria.
CONMUTATIVA. La que observa la igualdad contractual y la de toda especie, sin acepción de personas. (v. Justicia atributiva y distributiva.)
DE SANGRE. v. Mero imperio.
DISTRIBUTIVA. La que premia o castiga, con igualdad de criterio, según el mérito o demérito de las personas. (v. Justicia atributiva y conmutativa.)
EXPLETIVA. La que da a cada cual lo que por ley o derecho se le debe. (v. Justicia atributiva.)
SOCIAL. Expresión tan divulgada como imprecisa, y habitual ya desde fines del siglo XIX. Para los partidos reolucionarios, por justicia social se entiende la implantación de sistemas socialistas o
comunistas más o menos audaces; para los enemigos de estas tendencias, pero temerosos de la fuerza popular, por justicia social se acepta toda concesión mínima que halague a las
masas sin comprometer gravemente el statu quo económico y de clases; para el liberalismo sincero o progresivo, la justicia social se condensa en el intervencionismo de Estado, tendencia propensa al reconocimiento de ciertas reivindicaciones de los trabajadores, pero sin destrucción de las bases capitalistas de la sociedad burguesa.
Fuente: DICCIONARIO JURÍDICO ELEMENTAL, Guillermo Cabanellas de Torres I.S.B.N.: 950-9065-98-6.