Son terrenos baldíos, los de la Nación que no han salido de su dominio por título legalmente expedido y que no han sido deslindados ni medidos.
FUENTE: Artículo 157 de la Ley Agraria de México.
Son terrenos baldíos, los de la Nación que no han salido de su dominio por título legalmente expedido y que no han sido deslindados ni medidos.
FUENTE: Artículo 157 de la Ley Agraria de México.