SUELO DE CONSERVACIÓN

1.- SUELO DE CONSERVACIÓN: Las zonas que por sus características ecológicas proveen servicios ambientales necesarios para el mantenimiento de la calidad de vida de los habitantes del Distrito Federal y cuyas poligonales están determinadas por el Programa General de Ordenamiento Ecológico del Distrito FederaL. FUENTE: Art. 5 de la Ley Ambiental de Protección a la … Leer más

RIESGO AMBIENTAL

RIESGO AMBIENTAL: Peligro al que se expone el ecosistema como consecuencia de la realización de actividades riesgosas.   FUENTE: Ley Ambiental de Protección a la Tierra de la CDMX. Ver ley. 

RESIDUOS SÓLIDOS

RESIDUOS SÓLIDOS: Todos aquellos residuos en estado sólido que provengan de actividades domésticas o de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, que no posean las características que los hagan peligrosos. FUENTE: Art. 5 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra de la CDMX. Ver ley.

RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS

RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS: Todos aquéllos residuos en cualquier estado físico generados en los procesos industriales que no contengan las características que los hagan peligrosos. FUENTE: Art. 5 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra de la CDMX. Ver ley.

RESIDUO

RESIDUO: Cualquier material generado en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo, utilización, control o tratamiento cuya calidad no permita usarlo nuevamente en el proceso que lo generó. FUENTE: Art. 5 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra de la CDMX. Ver ley.

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