PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD Y EFICACIA.

Principio de oportunidad y eficacia: Las órdenes deben ser oportunas, específicas, adecuadas y eficientes para la protección de la víctima, y deben ser otorgadas e implementadas de manera inmediata y durante el tiempo que garanticen su objetivo.


Fuente: Ley General de Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.


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