CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO

El contrato de arrendamiento financiero, consiste en que el arrendador se obliga a adquirir determinados bienes y a conceder su uso o goce temporal, a plazo forzoso, al arrendatario, quien podrá ser persona física o moral, obligándose este último a pagar como contraprestación, que se liquidará en pagos parciales, según se convenga, una cantidad en dinero determinada o determinable, que cubra el valor de adquisición de los bienes, las cargas financieras y los demás accesorios que se estipulen, y adoptar al vencimiento del contrato alguna de las opciones terminales fijada en la Ley.

 

Fuente: Art. 408 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito de México.

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