1.- El hostigamiento sexual es el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva.
FUENTE: Art. 13 de la Ley General de Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia de México. Ver ley.
2.- Hostigamiento sexual: Es una forma de violencia de carácter sexual en la cual hay un ejercicio abusivo de poder por parte de quién la realiza y tiene lugar en una relación de subordinación jerárquica real de la víctima frente a la persona agresora. Es expresada en conductas verbales, no verbales, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva.
FUENTE: DOF: 07/12/2023 CÓDIGO de Conducta de la Secretaría de la Defensa Nacional de México.