OPERACIÓN RELEVANTE

Operación Relevante, a la Operación que se realice con los billetes y las monedas metálicas de curso legal en los Estados Unidos Mexicanos o en cualquier otro país, por un monto igual o superior al equivalente en moneda nacional a cinco mil dólares de los Estados Unidos de América.
            Para efectos del cálculo del importe de las Operaciones a su equivalente en moneda nacional, se considerará el tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana, que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día hábil bancario inmediato anterior a la fecha en que se realice la Operación.
FUENTE: Disposiciones de carácter general a que se refiere el Artículo 58 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera. SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, Estados Unidos Mexicanos; DOF, 10 de septiembre 2018, [citado el 23-08-2021]; Disponible en versión HTML en internet: http://sidof.segob.gob.mx/notas/5537449.
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