Autoridad competente: Dependencia, Órgano Desconcentrado, Órgano Político Administrativo o Entidad de la Administración Pública de la Ciudad de México facultada por los ordenamientos jurídicos, para dictar, ordenar o ejecutar un acto administrativo.
FUENTE: Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México CDMX. Ver ley.