ESTADO

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ESTADO. Situación en que se encuentra una persona, cosa o asunto.

La realidad en un momento dado.

Cada una de las clases o jerarquías diferenciadas en una sociedad política.

Condición de la persona con relación al matrimonio: soltera, casada o viuda.
Brazo principal de la constitución de un pueblo; y así se habla del estado civil, eclesiástico o militar.

Cuerpo político de una nación.

La nación misma.

La administración pública.

Pueblo que se rige con independencia. Territorio, dominio o país que pertenece a un soberano.

La Hacienda pública o fisco nacional.

La cosa pública.

Origen general del Derecho.

Sociedad jurídicamente organizada, capaz de imponer la autoridad de la ley en el interior y afirmar su personalidad y responsabilidad frente a las similares exteriores.
Conjunto de los poderes públicos; acepción en que se asimila con gobierno, del cual se diferencia en cuanto éste constituye la encarnación personal de aquél, su órgano ejecutivo.
La representación política de la colectividad nacional; para oponerlo a nación, en sentido estricto o conjunto de personas con comunes caracteres culturales, históricos y sociales
regidos por las mismas leyes y un solo gobierno. En los Estados organizados federalmente, cada uno de los territorios que se rigen por leyes propias y gobiernos privativos en su mbito y esfera peculiares. En contabilidad y estadística , resumen por
partidas generales. Exposición, informe acerca de un caso. Antiguamente, acompañamiento, comitiva, corte séquito.

CIVIL. La situación en que se encuentra el hombre, dentro de la sociedad, en relación con los diferentes derechos o facultades y
obligaciones o deberes que le atañen.

CORPORATIVO. Ensayo del facismo italiano, imitado en algunos otros países, cuyo régimen político tiene por base la organización de las profesiones y oficios en sindicatos.

DE ALARMA. Situación de grave alteración del orden público, que obliga a suspender las garantías constitucionales. A veces, la intraquilidad es ficticia, y constituye recurso de gobiernos autoritarios que abusan de su facultad de calificar tal perturbación. DE EMERGENCIA. Calificación que en algunos países de América
se da al estado de alarma, o de sitio, que se declara por motivos de orden público y que se traduce en la suspensión de las garantías constitucionales.

DE FAMILIA. La condición civil dentro de los vínculos parentales y conyugales.

DE GUERRA. Con propiedad, el que plantea la ruptura de hostilidades por un conflicto armado con otra nación; o, internamente, en el supuesto de una guerra civil.

DE INDIVISION. Situación en que se encuentran, cosas o derechos que pertenecen a varias personas sin división de partes o en
cuotas proporcionales.

DIVISION DE LA HERENCIA. Puede entenderse de dos maneras,
según se trate de la situación normal que se produce al fallecer el causante y mientras no se lleva a término la partición, o de la resultante de la cl usula testamentaria que obligue a permanecer en comunidad cierto tiempo o en determinadas condiciones.

DE NATURALEZA. Suposición histórica del racionalismo de Hobbes, para el cual el estado de naturaleza era la guerra; del de Locke. quien lo imaginaba an rquico puro; y de Rousseau, fundado en
una comunidad primitiva de bienes, sin egoísmos no coacciones, que parece una interpretación rom ntica y descreída del Paraíso bíblico y de los tiempos patriarcales.

DE NECESIDAD. Situación excepcional para una o más personas en que, por necesidad extrema o grave peligro, se prescinde de la ley y se excusa el daño inferido o la lesión causada.

DE PAZ. Dice Escriche que el estado de paz no es otra cosa que la situación normal de quietud y sosiego público del reino; estado de guerra es la situación excepcional en que se halla el reino cuando se ve invadido por tropas extranjeras, o turbado por disenciones civiles de sus habitantes, armados unos contra otros; estado de sitio es la situación, también excepcional, de una plaza, fortaleza o población, a la cual ha puesto cerco el enemigo para combatirla y apoderarseùde ella.

DE PELIGROSIDAD SOCIAL DE SIN DELITO. Frente al principio de que no puede castigarse sino la acción previamente condenada por la ley, los positivistas, con criterio de prudencia defensiva para la sociedad, advertían de la amenaza representada por los sujetos de mala vida o cuyos antecedentes permitían, casi con plena evidencia, predecir un eventual y cercano ataque a las personas o a la sociedad, contra lo cual resultaría ingenuo esperar la agresión. La sociedad se halla en situación paralela a la de la persona individual que no ha de guardar a que hagan fuego contra ella para iniciar su defensa, si ha descubierto la intención
homicida de su enemigo.

DE SITIO. Como concepto de recurso gubernamenta, esta
expresión equivale íntegramente a la de estado de guerra; por cuanto las leyes de orden público de diversos países emplean una u otra de las distintas denominaciones para referirse a las m ximas atribuciones con que el poder público se inviste para hacer frente a
las conmociones internas que amenazaban su estabilidad o la del régimen político que encarna.

FEDERAL. Estado compuesto por varios Estados que poseen gobierno peculiar, legislación privativa en diversas materias y una gran autonomía administrativa, pero con respeto de la unidad representativa internacional, confiada a un ejecutivo federal o
nacional.

HONESTO. Denominación, hoy día poco usual, para referirse a las solteras de buena fama.

LLANO. El pueblo en general, el elemento civil o paisanaje.

SOCIAL. La situación en que un grupo de personas se encuentra con respecto a otras dentro del ordenamiento en clases de la sociedad. Conjunto de condiciones laborales y económicas
de un pueblo y de una época.

TOTALITARIO. Aquel cuyo gobierno, con poderes dictatoriales, basa su organización política en un solo partido, pedestal de un jefe supremo y en la hegemonía avasalladora de los intereses estatales, a veces simple disfraz de personales ambiciones.

Fuente: DICCIONARIO JURÍDICO ELEMENTAL, Guillermo Cabanellas de Torres  I.S.B.N.: 950-9065-98-6.

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